Visitas conyugales, un derecho de los internos

28 de Junio de 2016
En una reciente sentencia, la Corte Constitucional ha considerado que el derecho a la visita conyugal es una posición jurídica de derecho fundamental, derivada de los derechos fundamentales a la intimidad personal y familiar y el libre desarrollo de la personalidad y constituye también una pieza primordial en el proceso de resocialización y bienestar físico y psíquico del individuo. Karla Liliana Torres, Directora INPEC Cartago, indicó “si hay dos internos, tienen derecho a disfrutar su vida conyugal, estamos obligados a llevarlos” esto quiere decir que “un interno en Cartago, una interna en La Badea, y ellos son pareja, después de un respectivo seguimiento, que hacemos, entonces, normalmente quien se mueve es la mujer”, para que se logre esto, tiene que haber una coordinación de los respectivos directores de las cárceles, para hacer cumplir el derecho que los detenidos tienen. Aunque, todo el procedimiento lleva en sí, unas repercusiones económicas muy elevadas. En Cartago, los detenidos, tienen mensualmente derecho a su visita conyugal, familiar, todo esto con la autorización ya otorgada del director del IMPEC   Finalmente la funcionaria hizo un llamado a los jóvenes que deseen prestar su servicio militar en el INPEC para que se inscriban, ya que es un servicio formativo que busca que los jóvenes continúen la carrera como funcionario de custodia y vigilancia del instituto nacional penitenciario.


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