Judicial

Destituyen e inhabilitan a extesorera del Instituto de Vivienda de Zarzal

08 de Octubre de 2020

Fotos: Captura por parte de la Fiscalía de las entonces funcionarias. Año 2018.

La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad permanente a la extesorera de Inviza (Instituto de Vivienda y Reforma Urbana de Zarzal), Blanca Leonor Ruiz Durán, y con 10 años a la entonces auxiliar administrativa, Ana Milena Restrepo Domínguez, por la apropiación irregular de $254’900.000 de la entidad. 

El órgano de control estableció que las disciplinadas, desde agosto hasta diciembre de 2016, hicieron transferencias de dineros que no contaban con soporte legal, lo que constituye una falta disciplinaria gravísima a título de dolo, ya que se determinó que las funcionarias tenían pleno conocimiento de que su comportamiento era irregular. 

Para la Procuraduría, las servidoras públicas “incurrieron en conducta irregular frente al cumplimiento de sus deberes legales y funcionales al interior del Instituto de Vivienda, la primera como tesorera, responsable de la custodia de los recursos de INVIZA, quien tenía a su cargo el manejo del portal del Banco Davivienda y el token, y la segunda, como auxiliar administrativa de ejercer autocontrol de sus actividades dentro del instituto”.

Por su parte, el ente de control sancionó con suspensión por 10 meses a la exgerente del Instituto de Vivienda de Zarzal, María Fernanda Granada Romero, por omisión en la vigilancia del adecuado uso de los recursos de la entidad.

Según la Procuraduría la exfuncionaria no asumió acciones de vigilancia y control ante las actuaciones irregulares de sus subalternas, quienes retiraron valores de la cuenta corriente de Inviza mediante transferencias electrónicas.

Determinó además que la exgerente, como ordenadora del gasto y funcionaria encargada de velar por el adecuado manejo de los recursos del instituto, bajo los principios de eficiencia y eficacia, no realizó ningún tipo de control o actividad tendiente a evitar la ilegalidad de estas conductas reiterativas.

El órgano de control calificó definitivamente la falta de la exgerente como grave a título de culpa.

Contra esta decisión de primera instancia las disciplinadas podrán interponer recurso de apelación.



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