Cartago

Conozca el nuevo estatuto tributario de Cartago

24 de Febrero de 2021

No son pocas las inquietudes que han manifestado los comerciantes de la ciudad de Cartago, ante, según ellos, las elevadas tarifas del impuesto de industria y comercio que tienen que pagar, luego de que por acuerdo del Concejo Municipal de noviembre del año pasado se hicieran algunas modificaciones al estatuto tributario del municipio.

Jhon Jairo Patiño Torres, experto en temas tributarios y quien fue asesor del municipio en la elaboración del nuevo estatuto, explicó punto por punto su contenido y aclaró que en vez de perjudicar a los comerciantes, por el contrario les otorga unos beneficios sin poner en riesgo los ingresos del ente territorial.

“Cuando le contamos al señor alcalde, lo primero que dijo yo quiero que se beneficie cantidad de personas en industria y comercio, pero lógicamente cuidando la parte fiscal, los ingresos del municipio, fue así como propusimos un sistema de industria y comercio donde en ese sistema iniciamos con algo que llamamos nosotros sistema preferencial de industria y comercio”. Jhon Jairo Patiño, Experto en Temas Tributarios

Dijo que el mismo fue elaborado para que por lo menos 8.500 comerciantes se vieran beneficiados, a través de un sistema preferencial de industria y comercio.

“Por cuanto este sistema contiene unos beneficios implícitos en las tarifas para todo ese grupo de personas, una persona que está en el sistema preferencial de industria y comercio posiblemente su tarifa está entre 60 y 110 mil pesos, pero tiene que ser establecimientos que realmente cumplan con las condiciones que nosotros pedimos y es para gente y negocios con recursos que no son tan importantes. Viene un segundo grupo que si la tarifa no les sirve el sistema preferencial, hace un pago mínimo de industria y comercio”.

El estatuto también busca favorecer al sector de los comerciantes informales.

“Los vendedores informales que están establecidos en el estatuto, permiten a que los vendedores estacionales de Cartago paguen tan poquito impuestos pero pagan mucho impuesto los que no son de Cartago, y denominamos vendedores temporales o vendedores ambulantes, los vendedores estacionarios y algunos ambulantes con ciertas consideraciones, el impuesto realmente es muy bajo, que es equivalente al 20%, una unidad tributaria que equivale a siete mil pesos, es muy baja, pero si una persona viene a Cartago el impuesto es tan costoso que lo tiene que pensar dos veces si viene o no viene a Cartago a ejercer esa actividad comercial”.

Explicó las implicaciones que tiene el régimen ordinario para las empresas y personas naturales que no gozan de ningún beneficio especial y por tanto están sujetos a las reglas generales del impuesto a la renta.

“Porque pasamos en algunos casos del 5 por mil al 10, si son comercial o prestación de servicios, si son industriales en algunos casos del 3, o el 4, al 7 por mil. Aquí hay una razón importantísima y es que todo ese grupo de personas a través del artículo 115 del estatuto tributario nacional, pueden tomar como descuento tributario el valor que le paga al municipio, ejemplo, una persona paga 100 millones de pesos en renta y al municipio le pagaba 10 millones, pero con la reforma tributario va a pagar 30 millones y en renta 100 coge los 30 millones se los reduce en renta, o sea que paga 70 millones, o sea que finalmente las personas anteriormente pagaban el valor excedente a la nación, hoy en día nos lo pagan a nosotros y se lo pueden descontar en la nación en el 100%, por eso yo llamo la atención para quiénes hagan este tipo de comentarios, si maneja temas tributarios pues si tienen la solvencia académica lo hagan, si no les llamó la atención para que consulten los nuevos modelos que hay en materia industria comercio, ya no pueden ir a hacer consultas de manera lineal, hay que mirarlo desde la óptica tributaria, todo ese grupo de personas tienen esas posibilidad, descontarse el 100 % en renta, probablemente se nos vuelve un tema de flujo de caja, para quienes sepan ese porcentaje”.

Finalmente dijo que el régimen simple lo que busca es reducir las cargas que tienen los contribuyentes e impulsar la formalidad.

“Quienes pertenecemos al régimen simple de tributación ni siquiera presentamos declaración al municipio, lo hacemos directamente ante la Dian y las tarifas para ese grupo está bien interesante de análisis, es tan bajita que yo hay veces que diría miren porque esos contadores no los metieron en el régimen simple de tributación, pero esto es un tema que el municipio no podía tener la discrecional que si lo hago no lo hago, era y es una obligación de todos los municipios presentar acuerdos en el sistema, que desde un sistema novedoso hay una base gravable especial donde los municipios tenemos que acatarlo dispuesto a nivel nacional como es el caso de las bombas”.



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